La deuda a proveedores podrá financiarse

Por fin ha llegado la medida legal esperada desde hace tiempo en los ayuntamientos que permite el pago de deudas a proveedores.

El Gobierno de España, ha aprobado con fecha 24 de Febrero el Real Decreto Ley 4/2012, a través del cual, la deuda comercial de las entidades locales podrá convertirse en deuda financiera. Este plan servirá para atajar la destrucción de empresas que está provocando la falta de liquidez de los ayuntamientos.

Para cumplir con el objetivo, según el citado Real Decreto, los interventores municipales deberán elaborar un listado antes del día 15 de Marzo, donde se relacionen las facturas de obras, servicios o suministros que hayan tenido entrada en el consistorio antes del día 1 de Enero de 2012 para remitirlo por vía telemática al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Posteriormente estará obligado, el interventor, a elaborar un Plan de Ajuste que garantice la sostenibilidad de la situación financiera del ayuntamiento, es decir que cuente con una adecuada financiación de los servicios públicos a la vez de recoger ingresos corrientes suficientes para financiar sus gastos corrientes y la amortización de las operaciones de endeudamiento que se generarán con las entidades bancarias.

Además, la medida establece que los proveedores estarán atentos y comprobarán que están incluidos en la relación citada, porque en caso contrario podrán exigir una certificación individual de la existencia de la deuda.

Por otro lado, siguiendo con lo indicado en el citado texto legal, toda la información relativa al montante de la deuda, así como el Plan de Ajuste, se elevará al pleno, para su aprobación, antes del 31 de Marzo, para posteriormente remitirlo vía telemática, al Ministerio de Hacienda, quién valorará la viabilidad del plan.

Las operaciones de crédito que pudieran derivarse de este procedimiento estarían garantizadas, por parte de los Ayuntamientos, con la participación en los tributos del Estado.

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